El Rastro Digital: implicaciones de la publicidad en Internet a la privacidad de los usuarios

El debate en los Estados Unidos sobre un control normativo a la recolección de datos en internet, reafirma la necesidad de reconocer principios ya incorporados en la normatividad de la Unión Europea sobre el tema

Recientemente en Estados Unidos se ha retomado el debate sobre el grado en el que la publicidad en Internet puede afectar la órbita de privacidad de los internautas, a propósito de los desarrollos informáticos que permiten la identificación cada vez más precisa, de los potenciales clientes específicos de determinados productos o servicios, principalmente a través de su rastro digital, este rastro constituido en parte gracias a la instalación de las denominadas “cookies” en los equipos de los usuarios, que facilitan la identificación de las páginas visitadas por los mismos, o de páginas web en las que los navegantes registran sus datos y se puede hacer un seguimiento de los patrones de comportamiento dentro de estas, ha ocasionado que el Comité de Comercio, Ciencia y Transporte del senado de Estados Unidos haya decidido estudiar con más profundidad el tema, es así, como se han abierto audiencias en donde tanto entidades gubernamentales como la Comisión Federal de Comercio (Federal Trade Commission, FTC por sus siglas en Inglés) e importantes empresas del sector como Google, Microsoft o Facebook, han comparecido ante la comisión legislativa para expresar la forma en el que sus respectivos negocios se ocupan de la privacidad de sus usuarios.

Y es que contrario a lo que sucede en los países de la Unión Europea, en donde a través de las directivas comunitarias y normativas internas se ha regulado la prestación de servicios de la sociedad de la información y la protección de datos de carácter personal, En Estados Unidos se ha apostado por una legislación más flexible, permitiendo una especie de autorregulación por parte de las compañías que intervienen en el sector, en el que se espera que las fuerzas del mercado actúen, marginando a las empresas que amenacen y no cuenten con la confianza de los usuarios.

Sin embargo, la preocupación por la gran cantidad de datos de usuarios que es posible recolectar en internet, ha disparado las alertas del gobierno, quienes observan con preocupación como la recolección de estos datos que deja el rastro digital, pueden amenazar seriamente la privacidad de sus ciudadanos.

Esta intervención del legislativo, no deja indiferentes a los empresarios del sector publicitario en línea, que ven como un mercado, que ellos activamente han ayudado a construir y desarrollar, puede verse afectado por un marco regulatorio demasiado estricto, que puede afectar estrategias como la de Google, que se encuentra en la etapa beta de uno de sus más reciente productos como es el ad planner, un desarrollo mediante el cual, los anunciantes pueden dirigir con mayor acierto sus estrategias publicitarias en la red, al tener identificadas las audiencias objetivas de cada página, permitiendo de esta forma que los anunciantes puedan identificar en donde se encuentra el nicho de mercado al que va dirigida su publicidad.

Es por este motivo, que en sus comparecencias ante la comisión del legislativo, exponen todas las medidas de seguridad que son tomadas para proteger la privacidad de los usuarios no solo estadounidenses, sino globales, Google expone su ya conocida teoría de la simbiosis armónica entre las necesidades de los usuarios y la colocación de publicidad, Facebook reafirma como deja en manos de sus usuarios herramientas extras para reforzar las medidas de seguridad, previamente adoptadas por la red social, que por cierto se encuentra implementando nuevas configuraciones en para los perfiles de sus usuarios y siendo más exigentes con los desarrolladores de sus aplicaciones en términos de seguridad, precisamente por infracciones de este tipo desactivó superwall del desarrollador Rockyou, hasta tanto no se ajuste a los estándares de privacidad de la página.

No obstante la FTC en su presentación ante la comisión del senado, expone sus preocupaciones y propone orientar las medidas de autorregulación por 4 principios básicos: el primero es la transparencia y control de la información por parte del consumidor, en donde se le informa sobre el propósito para el cual es recolectada la información; el segundo es seguridad razonable en las medidas que protegen esa información; el tercero es el de consentimiento expreso en caso de cambios en el uso de la información; y el cuarto y último es el de consentimiento expreso para el uso de datos sensibles. Estos principios resultarán bastante conocidos para aquellos que hayan estado en contacto con la normativa europea sobre protección de datos, por cuanto palabras más, palabras menos, presentan una gran similitud con los incorporados en la norma de la UE, lo que constituye un interesante reconocimiento al éxito que ha alcanzado esta regulación en la materia.

Como bien lo recoge la comisión legislativa estadounidense, lo más importante es conocer el uso que se le da a los datos y que el mismo no va a ser diferente al informado, esa es una de las garantías mínimas que se le solicitan a los responsables de los servicios en línea, es decir, que el rastro digital que dejemos a nuestro paso, conscientemente determine si queremos ser o no encontrados.

 

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